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martes, 21 de octubre de 2008

Jueza que sentenció a Magaly Medina se ratifica y lamenta actitud de Nakazaki

Tras el recurso de Hábeas Corpus presentado por la defensa de Magaly Medina y Ney Guerrero, la jueza del 27 Juzgado Penal de Lima, María Teresa Cabrera Vega, habló en exclusiva con RPP y ratificó la sentencia, de 5 meses de pena privativa de la libertad, impuesta hacia la polémica periodista peruana.

"De ninguna manera me arrepiento. Yo me reafirmo en mi resolución, la misma que ha sido dada conforme a las normas procesales vigentes en aplicación de los principios generales que inspiran el derecho, sobre todo los del derecho peruano", dijo Cabrera.


"Sin embargo considero que la defensa de los querellados (de Magaly Medina y Ney Guerrero) ha perdido el horizonte, porque hubiese sido bastante loable que el abogado de la señora Medina (César Nakazaki) se defienda debatiendo alturadamente los términos de la sentencia, pero en ningún momento los rebatió como debe de ser. Si no que se va por temas totalmente ajenos y que no tienen nada que ver", añadió en 'Ampliación de Noticias' de RPP.
Paolo Guerrero como testigo
De acuerdo con lo dicho por la jueza, el futbolista demandante tiene la calidad de querellante por lo que, en una acción penal privada, puede o no dar su preventiva (testimonio). Por lo que, para Cabrera, resulta ilógico que los abogados del estudio Nakazaki pretendan interrogar a un querellado.
"(César) Nakazaki desconoce las normas peruanas. Hay diferencias entre lo que es ser un agraviado y un testigo", alegó la jueza.
Asimismo, María Teresa Cabrera recordó que a la defensa de Magaly Medina y Ney Guerrero se le permitió la concurrencia de los testigos pedidos por los querellados aunque Nakazaki obvió presentar escritos con la firma de Magaly Medina. Pero que, sin embargo, ella permitió que uno de sus abogados participe de las diligencias del juicio.
Testimonios de Trelles y Bayly
"En el caso de Efraín Trelles, su testimonio era únicamente para que dé una opinión acerca de la selección, algo irrelevante porque yo estoy investigando un hecho concreto. Esta es una investigación sumaria en donde las pruebas deben ser objetivas para ayudar a tener un conocimiento real de los hechos y no tratar de confundirlos", dijo la jueza.
Por otro lado, según Cabrera, el caso de Jaime Bayly le resultó totalmente irrelevante porque el escritor dijo en su programa, textualmente, que le habían contado lo sucedido con el futbolista Guerrero, que no sabía nada sobre el tema, y que no podría dar un testimonio.
"Eso es solo para querer dilatar el proceso. Desde un primer momento se han presentado escritos para dilatarlo", opinó la jueza.
Acreditación de María Teresa Cabrera Vega
"Hay muchas desinformaciones lamentables. Yo soy secretaria de sala titular y estoy comprendida dentro de la carrera judicial como juez provisional. No tengo por qué estar en una relación de jueces suplentes, como dice Nakazaki. Yo cumplo con todos los requisitos que la ley orgánica del Poder Judicial requiere. Voy a cumplir 15 años en el Poder Judicial", argumentó Cabrera con respecto a las acusaciones que la defensa de Medina y Guerrero hizo sobre su capacidad como jueza.
María Teresa Cabrera considera que la sentencia impuesta a Medina no fue excesiva, como muchas personalidades y expertos han declarado, porque, según ella, antes de emitir una resolución siempre reflexiona profundamente el fallo a emitir, ya que "todos los procesos a su cargo son de igual importancia".
"La pena de la señora Medina tiene un fin preventivo, protector y re socializador. A ella se le ha acusado de difamación agravada (no simple) porque es una difamación que se ha cometido por medios de prensa, como lo estipula el Código Penal", aclaró la jueza.
Hábeas Corpus
Para Cabrera, el recurso de Hábeas Corpus presentado ayer por César Nakazaki no es causa de preocupación porque tiene plena confianza en el juez del Cuarto Juzgado Penal de Lima que se encargará del fallo final.
Pero uno de los puntos que Cabrera quiso subrayar, fue el debate que muchos medios de comunicación han originado sobre los derechos fundamentales reconocidos por la constitución peruana, en el caso de la periodista Magaly Medina y su productor Ney Guerrero.
"Estamos en un Estado de derecho, ningún poder del estado puede inmiscuirse. Se trata de un poder jurisdiccional. Me reafirmo en la resolución que he emitido. Nakazaki puede decir muchas cosas, pero lo que importa es lo que dice el expediente", finalizó

fuente:rpp.com.pe

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