Telefónica del Perú consideró hoy desproporcionada la sanción establecida por el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu) del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) y negó que se haya alterado la información presentada al regulador.
El Trasu sancionó hoy a Telefónica con una multa 51 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 181,050 nuevos soles, al concluir que la empresa presentó información alterada al regulador.
La empresa lamentó que dicho tribunal no haya considerado adecuadamente sus descargos realizados por un dato añadido a una copia del acta de inspección, argumentando que no altera los alcances ni las conclusiones de la misma.
En efecto, a raíz del reclamo de un cliente, se aduce que las copias de las actas de la inspección no coincidían.
Según Telefónica, lo único diferente en las mismas es que aparecen los datos de la caja de acceso y del cable (par) del abonado, incluidos para un control técnico interno, en consecuencia, “no hubo adulteración, dolo ni falsa información”.
Finalmente, indicó que ante la desproporción de la multa y por el precedente que implica, la empresa se reserva el derecho de acudir a los tribunales judiciales.
El Trasu sancionó hoy a Telefónica con una multa 51 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 181,050 nuevos soles, al concluir que la empresa presentó información alterada al regulador.
La empresa lamentó que dicho tribunal no haya considerado adecuadamente sus descargos realizados por un dato añadido a una copia del acta de inspección, argumentando que no altera los alcances ni las conclusiones de la misma.
En efecto, a raíz del reclamo de un cliente, se aduce que las copias de las actas de la inspección no coincidían.
Según Telefónica, lo único diferente en las mismas es que aparecen los datos de la caja de acceso y del cable (par) del abonado, incluidos para un control técnico interno, en consecuencia, “no hubo adulteración, dolo ni falsa información”.
Finalmente, indicó que ante la desproporción de la multa y por el precedente que implica, la empresa se reserva el derecho de acudir a los tribunales judiciales.
fuente:andina.com.pe
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